viernes, 20 de junio de 2025

Contra la eutanasia y el suicidio asistido (XII)

No parece que haya congruencia médica en justificar causa admisible de suicidio eutanásico a la vez que se impide el suicidio al enfermo psiquiátrico, a no ser que se caiga en la esquizofrenia médica o en un principio de autonomía altanera.

Cuestión: Los suicidios se han convertido en España en la principal causa de defunciones por causas no naturales. Un serio problema de salud pública, que reclama medidas para prevenirlo y no medidas legislativas para facilitarlo. Una persona sana que intenta suicidarse recibe ayuda, incluso se le somete a un tratamiento psicológico hasta que supere la crisis. El objetivo es procurar que esa persona recupere su autoestima, para poder vivir con dignidad. En cambio, en un enfermo incurable y desesperado la discusión gira en tomo a expresiones como "muerte digna", "libertad para elegir la propia muerte", "acto de autonomía y autodeterminación". ¿Por qué esa diferencia? 

Respuesta del Prof. Herranz: “No cabe duda de que la prevención del suicidio es un problema de salud pública de primera magnitud en todos los países, especialmente en los más avanzados.

…Estas consideraciones se aplican de modo particular a la situación de enfermedad terminal. La experiencia de los seguidores de Cecily Saunders en los primeros años del movimiento de los Hospices era ver la transformación que muchos pacientes, desesperados, que clamaban para que se pusiese fin a sus vidas, experimentaban ante una atención paliativa llena de humanidad. Hablaban del valor inconmensurable de esos pocos días finales de la vida, no tanto por el alivio sintomático, sino por el mensaje de serenidad que esos pacientes enviaban a sus compañeros de sufrimiento. Pienso que en la actitud de exigir la muerte como ejercicio de la propia autonomía subyace, no sólo horror al sufrimiento, sino también un poco de soberbia altanera.” Al servicio del enfermo. Conversaciones con el Dr. Gonzalo Herranz. José María Pardo. Ed EUNSA, 2015, p 135-136.


No hay comentarios:

Publicar un comentario