domingo, 26 de diciembre de 2021

Consideraciones ético-jurídicas sobre el aborto (I)

El médico, más allá de reglas jurídicas, si actúa como profesional debidamente formado y actualizado, tiene en los requerimientos que le presta la ciencia el cauce de su actuación correcta y deontológica, que son apoyo firme para el amplio campo de su realización competente, y por supuesto, en la actitud a adoptar frente al aborto.

Claramente se expresa el Prof Herranz:

"Las bases científicas de la oposición profesional al aborto …Quiero destacar un rasgo más: que la actitud de respeto a la vida de todo ser humano no sólo implica una dimensión ética: es también una invitación a no retractarse de una convicción científica. 

Con el mismo orgullo contenido, con la misma coherencia con que Galileo afirmaba ante quienes le juzgaban que, a pesar de su poder político y su autoridad moral…, con esa misma entereza el médico que haya estudiado embriología y haya reflexionado sobre la ontogénesis del hombre no podrá abjurar de los datos que proporciona la observación de nuestra historia prenatal. Ni podrá dejar de sentir en su interior que en el embrión que se hace niño está contenido todo un destino humano.

La decisión de tratar la enfermedad de la mujer sin recurrir a la destrucción del ser humano no nacido representa una actitud profundamente profesional, superior científica y éticamente a su contraria. 

Ante la diada madre-feto, el buen médico se debe por igual a sus dos pacientes: a la mujer embarazada y al hijo por nacer. Hoy, dados los formidables avances en la asistencia clínica de las enfermedades que pueden poner en grave riesgo vital a la mujer gestante, ya ningún médico verdaderamente competente se ve obligado, por criterios científicos, a aceptar que el aborto sea el tratamiento de elección de ninguna enfermedad de la madre, es decir, que sea una intervención tan superior y ventajosa en comparación de las otras alternativas terapéuticas que no practicarlo significaría infligir un daño deliberado a la gestante, y quebrantar así gravemente el precepto médico de no dañar. 

Sin necesidad de invocar la objeción moral, el médico, basado en el arte médico del momento, puede rechazar el llamado aborto terapéutico sobre bases estrictamente científicas, ya que puede ofrecer alternativas válidas de tratamiento que respetan también la vida del no nacido. En recientes monografías sobre el tratamiento de las enfermedades médicas de la mujer gestante o de las situaciones obstétricas críticas, o bien no aparece referencia alguna al aborto terapéutico o se cita como posible alternativa para una única y excepcional circunstancia: la amenaza de ruptura del aneurisma disecante de aorta en el síndrome de Marfan, la cual puede prevenirse mediante el adecuado tratamiento en las fases iniciales del embarazo.” Gonzalo Herranz, en las Jornadas de Ética Médica, Colegio Oficial de Médicos de Segovia y Fundación Nicomedes García Gómez, Segovia, 1995).


No hay comentarios:

Publicar un comentario